20091214

PAÍSES DE AMÉRICA LATINA QUE HAN MEJORADO SUS SISTEMAS DE SEGURIDAD SOCIAL: CHILE, ARGENTINA Y VENEZUELA

Ponente Adriana Cota Sánchez.§


A principios de los años ochenta en América Latina se impusieron reformas estructurales de corte neoliberal a los Sistemas de Seguridad Social. En esta comunicación analizaremos los grandes cambios que se han llevado a cabo en Chile, Argentina y Venezuela; países donde se ensayaron modelos privatizadores que cancelaron derechos, la intención es observar las similitudes de los tres modelos prácticamente iguales al impuesto en México. Por falta de espacio no se desarrollan las características de cada sistema, pero si, destacaremos las importantísimas mejoras que se han llevado a cado en el marco de gobiernos socialdemócratas –Chile y Argentina- y en el socialismo bolivariano de Venezuela a partir de la década del año 2000.

Chile. Reforma provisional de 1980. La dictadura de Augusto Pinochet encabezó la ola de imposiciones contarreformistas encaminadas a privatizar total o parcialmente los sistemas de pensiones y de salud, provocando el empobrecimiento de la población. Hecha sin discusión pública, la reforma provisional cerró el sistema público de pensiones caracterizado por un régimen financiero de reparto, prestación definida y administración pública, y lo sustituyo por otro privado de capitalización individual y cotización definida gestionada por las nuevas Administradoras de Fondos de Pensiones (AFP), entidades privadas con ánimo de lucro dedicado de manera exclusiva a esa función. Se concedió un breve plazo para que los asegurados al tiempo de la reforma decidieran si quedarse en el sistema público (que quedó unificado y homologado en el Instituto de Normalización Provisional) o mudarse al nuevo sistema privado, pero todos los que ingresaban a la fuerza de trabajo fueron obligados a afiliarse a las AFP. En 2006 el 91 por ciento de todos los afiliados estaba en el sistema privado y el 9 por ciento quedaba en el público. De este modo sólo una pequeña parte de la población activa cotizaba al Instituto Nacional de Provisional, pero éste al cabo de veintisiete años gestionaba la mayoría de las pensiones mínimas, ocasionando déficit operacional equivalente en el año 2006 al 5 por ciento del PIB (Producto Interno Bruto). Es evidente que el sistema privado carecía y carece de solidaridad puesto que las pensiones mínimas y asistenciales son enteramente sufragadas por el Estado. Las fuerzas armadas que implementaron la reforma se excluyeron de ella, y mantienen regimenes separados con pensiones superiores, mayormente financiadas por el erario público. Las AFP tuvieron un poder considerable ya que los fondos de pensiones administrados equivalieron al 64 por ciento del PIB en 2007 y lograron aplazar una reforma de importancia fundamental durante veintisiete años. Antes de la reforma existía también un programa no contributivo de pensiones asistenciales de vejez e invalidez (PASIS) –destinadas a las personas carentes de medios de vida y de previsión social que cumplieran requisitos revisados periódicamente, dependían de la disponibilidad de recursos estatales y eran limitadas por una lista de espera. Un defecto del diseño del sistema privado es que parte de los asegurados no cubren lo requisitos ni una pensión mínima (porque no tienen los veinte años de cotización requerida) ni una asistencial (porque no cumplen los requisitos en materia de ingresos), de modo que quedan desamparados.

1.2 Ley de Reforma Provisional 1º julio de 2008.

Veintisiete años después el gobierno de corte socialdemócrata de Michelle Bachelet en el año 2007 sometió al Parlamento un proyecto de ley producto de los trabajos de un Consejo Asesor que desarrolló la propuesta de Ley de Reforma Provisional que entró en vigor el 1ª de julio de 2008. Se estableció un Sistema de Pensiones Solidarias con dos componentes. El primero es una pensión básica solidaria de vejez e invalidez, que sustituye de inmediato a la pensión asistencial. Financiada por el Estado, se otorga inicialmente al 40 por ciento de la población de menor ingreso (por el momento determinada por la llamada <>) que no ha cotizado al sistema ni posee otra pensión, con 65 años cumplidos y residencia en Chile por veinte años continuos o discontinuos contados desde el cumplimiento de los veinte años de edad. La pensión básica solidaria se extenderá de modo gradual: amparará al 45 por ciento de la población de menor ingreso en 2009 y la proporción se elevará al 55 por ciento en 2012 y, después al 60 por ciento. El monto de la pensión básica solidaria equivale a un 33 por ciento más que la pensión asistencial vigente en 2008, llegará al 67 por ciento en 2009 y se ajustará anualmente según la inflación de los últimos doce meses. El segundo componente de la reforma de 2008 es el aporte provisional solidario, que reemplaza implícitamente a la pensión mínima. Consiste en una ayuda pagada por el Estado para contemplar la pensión contributiva de las personas mayores de 65 años con pocos recursos, independientemente de sus años de cotización. La pensión final que recibirá un afiliado que haya cotizado aunque sólo sea un mes será siempre mayor a la pensión básica solidaria, con el fin de incentivar la cotización. El aporte provisional tendrá un tope que irá creciendo de 2008 a 2012 hasta llegar a 510 dólares estadounidenses mensuales; el monto es decreciente según lo ahorrado en la pensión contributiva y se extingue cuando excede el tope fijado. Los requisitos del aporte provisional solidario y la población beneficiaria son similares a los de la pensión solidaria. Se estima que la pensión básica solidaria y el aporte provisional solidario beneficiarán a 800 mil personas en 2009 y 1,3 millones en 2012.

Todas las madres (independientemente de su condición socioeconómica) recibirán un bono universal por maternidad, equivalente al 10 por ciento de dieciocho salarios mínimos por cada hijo nacido vivo, si la madre no tiene derecho a la pensión básica o al aporte provisional solidario, debe haber cotizado al sistema cuando menos una vez en su vida. El bono se deposita en la fecha de nacimiento del hijo/hija, recibe desde ese momento una rentabilidad anual y se hace efectivo cuando la mujer cumple 65 años de edad, aumentando el nivel de su pensión. Se calcula que 250.000 mujeres que hoy carecen de toda pensión de vejez recibirán una pensión básica solidaria (el 60 por ciento del total de los beneficiarios y otras 30.000 el aporte provisional solidario). Además el seguro de invalidez y sobrevivencia hace una distinción por sexo; como las mujeres tienen una esperanza de vida mayor que los hombres, aquellas tienen una menor probabilidad de usar el seguro, por lo que el excedente del seguro de la prima de las mujeres se deposita en sus cuentas individuales; otra novedad es que el cónyuge inválido de una mujer asegurada tendrá derecho a pensión. En caso de separación de los cónyuges, el fondo acumulado en la cuenta de capitalización individual durante el matrimonio puede ser dividido entre los dos con un máximo de 50 por ciento para cada uno. La reforma provisional dispone también la creación de guarderías infantiles que facilitarán el empleo femenino y mejorarán el ingreso familiar y la afiliación al sistema de pensiones y salud, lo cual fomentará mejores condiciones de vida.

1.- Argentina. Estatización de los fondos provisionales.
Con un sistema privado de los fondos de pensiones parecido al que describimos en Chile (modelo seguido en la mayoría de los países que impusieron la privatización a sus sistemas de seguridad social y sistemas de pensiones), los años noventa significaron la privatización de las empresas públicas, la banca nacional y la transferencia de los fondos de pensión al sector privado y el surgimiento de las Administradoras de los Fondos de Jubilación y Pensión (AFJP). El gobierno de Carlos Saúl Menem era un pasivo espectador, se limitaba a retraerse y dictar leyes que garantizaban y legalizaban el saqueo.

En el año 2001, la ficticia paridad de la “ley de convertibilidad” donde un dólar era igual a un peso, se derrumbó. Los bancos que prometían solvencia, seguridad, decenas de años de experiencia, estafaron a sus depositantes y se apropiaron de los ahorros de gran parte de la clase media argentina. La devaluación de más del 150 por ciento del peso sirvió para transferir miles de millones de dólares a los sectores de la economía financiera, pero también sirvió para deslegitimar y demoler la confianza en los bancos y el sistema financiero argentino.

2.- Estatización de los fondos de pensiones.
El gobierno de Cristina Fernández haciendo caso del reclamo histórico de la clase trabajadora y de sectores progresivos de la sociedad propone al Congreso la estatización del sistema de jubilaciones y pensiones. Desde la creación de las AFJP se esfumaron, según distintos cálculos, más de 23 mil millones de pesos de los actuales trabajadores y futuros jubilados. Se calcula que a valores actuales, los afiliados aportaron durante catorce años un total de 117 mil 900 millones de pesos, fondos que dejaron de ingresar al fisco. Sin embargo, de ese total, las AFJP se quedaron con 37 mil 96 millones en concepto de comisiones, el 31.5 por ciento de la recaudación total. El 55 por ciento de los ahorros de los afiliados está invertido en títulos públicos. Así que las administradoras embolsaron un tercio de la recaudación por ser intermediarios entre el Estado y los afiliados. Si se restan las comisiones, la rentabilidad real (descontada la inflación) de los fondos aportados fue del -0.7 por ciento anual. Una verdadera transferencia de recursos al capital financiero, una real y comprobada estructura para el saqueo y la usura. Con la estatización de los fondos de pensiones se promueve la garantía de un sistema transparente, solidario, redistributivo que sirva a los históricos objetivos de la seguridad social: la cobertura de la población ante la vejez, invalidez y muerte.

3.- República Bolivariana de Venezuela.
Durante el segundo periodo de gobierno de Carlos Andrés Pérez (1989-1993) se abre la puerta al pensamiento neoliberal sustituyendo el papel interventor del Estado por la fuerza dinámica del mercado. Ajuste fiscal o equilibrio macro-económico orientan a copiar el modelo chileno para aplicar sus formulas reformistas en seguridad social. Rafael Caldera Ruiz (1994-1998) aplica los programas de ajuste y superación de la crisis mediante la reforma laboral y de la seguridad social bajo las presiones del FMI (Fondo Monetario Internacional). Con nulo debate y prontitud extraordinaria se promulga la Ley de Reforma Parcial de la Ley Orgánica del Trabajo (19-06-1997) con lo que modifica sustantivamente el anterior “régimen de prestaciones sociales” y la Ley Orgánica del Sistema de Seguridad Social Integral (LOISSSI) (31-12-1997). Con el Decreto con Rango de Fuerza y Ley, durante 1998 se liquida al Instituto Venezolano de Seguros Sociales (IVSS). Se establece tácitamente una clasificación entre contingencias susceptibles de ser amparadas mediante formas o modalidades de aseguramiento y necesidades sociales no susceptibles de aseguramiento, por ejemplo: la vivienda, la recreación y la formación profesional. El Estado se erige como responsable de la garantía del derecho constitucional a la seguridad social, pero la gestión de protección social podrá ser pública, privada o mixta, aún cuando la seguridad social es calificada de servicio público de afiliación obligatoria. Los Subsistemas de Pensiones y de Salud son emblemáticos en esta reforma: insolidarios, individualistas. El monto de las pensiones será resultado de la capacidad individual de ahorrar (capitalización individual) y la protección en cuanto a salud se refiere, convierte a ésta en una mercancía susceptible de obtener o adquirir en el mercado bajo formas diversas de aseguramiento.

3.1 Asamblea Nacional Constituyente.
El gobierno de Hugo Chávez Frías, en el marco del Decreto-Ley Orgánica de la Administración Central (1999) da inicio al proceso de reforma de la seguridad social. El 30 de diciembre de 2002 se promulga la Ley Orgánica del Sistema de Seguridad Social (LOSSS). La nueva constituyente investida de poderes originarios, con facultad de dictar, vía Carta fundamental sienta las bases de un nuevo modelo societario o, nuevo pacto social. Este proceso colocó el tema de los derechos humanos en el centro del debate, razón por la que la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela puede considerarse vanguardista en esta materia, como lo evidencia la manera en que se concibió el derecho a la seguridad social, particularmente en su artículo 86. Con la LOSSS se materializa lo que podemos denominar nueva concepción de la reforma de seguridad social en Venezuela: universal, integral, eficiente, de financiamiento solidario, unitario y participativo, de contribuciones directas e indirectas. Su gestión será eficaz, oportuna y en equilibrio financiero y actuarial.

Resaltamos el derecho a la seguridad social producto de las cargas por trabajo familiar. Todas las mujeres y hombres que se dediquen al hogar y cuidado de los hijos tendrán derechos, consagrando el efectivo derecho universal sin discriminación y total cobertura a mujeres y hombres. Incluye servicios integrales de salud y pensión (para las mujeres dedicadas exclusivamente a realizar trabajo doméstico la pensión es no contributiva). Y contempla derechos por paternidad.

4. A 12 años del proceso de Privatización de la Seguridad Social en México.
La constante privatización de las desigualdades que suma la imposición de las políticas neoliberales en México ahonda la crisis financiera, económica, política y social. Podemos decir que a partir de que se introdujo el modelo neoliberal la economía mexicana se ha debilitado. Considerando que el salario mínimo industrial ha decrecido 50% y el salario mínimo se acerca al 75%, aumentando los índices de pobreza en 50% más un crecimiento del 55% de población ubicada en la economía informal; observamos que el monto acumulado en el ámbito de las pensiones está significando 8.8% del PIB montos que no han sido ubicados para dinamizar a la economía y que está costando, de acuerdo con información oficial, 1.5 del PIB. La privatización de los montos de pensiones demuestra que no ha aumentado la cobertura, al contrario, debido a la caída del empleo formal y la proliferación de contrataciones sin previsión social, lo que ha crecido es la población ocupada sin seguridad social. El uso de estos recursos sigue convirtiéndose mayoritariamente en bonos gubernamentales (82.4%), papeles que incrementan la deuda pública, 10.8% son acciones de corporaciones y 4.4% se ha canalizado a instituciones financieras. Al observar esta distribución, destacan los siguientes elementos: los ahorros de los trabajadores están sosteniendo en su mayor parte el financiamiento público; los destinados a inversión se canalizan a grandes corporaciones que han empezado a invertir fuera del mercado nacional: Telmex, Televisa, Cemex, o auspician el financiamiento al consumo, pero no existe la canalización hacia inversión productiva que fortalezca al mercado interno. Además del paulatino desfinanciamiento a los Institutos de Salud provocando su deterioro, simulando la necesidad de su privatización. Sumado a la aprobación del Paquete Fiscal 2010 se esfuma la garantía de los ahorros para la pensión al estar sujetos a los vaivenes de la Bolsa Mexicana de Valores y la “legalización” de la transferencia de recursos a empresas privadas. El propio presidente espurio Felipe Calderón promueve una ley del robo “legalizado” de los ahorros de la clase trabajadora mediante la “ilegalidad”.

Conclusión.
La geometría política en América Latina evidencia los cambios sustanciales en gobiernos que si bien son de corte socialdemócrata –Chile y Argentina- y en el socialismo bolivariano de Venezuela confirman que es necesario y posible quitar del poder a gobernantes asociados en las grandes corporaciones internacionales. La lucha de la clase trabajadora organizada es fundamental para lograrlo. Las experiencias en los tres países analizados permiten trazar líneas programáticas y de organización. México avanza a pasos agigantados hacia una descomposición del régimen actual, la combinación de crisis económica y crisis social es explosiva. Otros países han padecido privatizaciones iguales a las nuestras, lo cierto es que la historia no es lineal y el curso de los acontecimientos revela que los cambios son deseables y posibles. Nuestras demandas además de justas son necesarias para lograr mejores condiciones de vida, y envejecimiento dignos.

Bibliografía consultada:

Carmelo Mesa-Lago. “Protección social en Chile: Reformas para mejorar la equidad”, en: Revista Internacional del Trabajo, vol. 127 (2008), núm. 4.
Ariel Ogando. “Estatización de los fondos de pensiones en Argentina”. Revista Trabajadores, año 12, nº 69, noviembre-diciembre, 2008, pp. 47-49.
Ramírez López, Berenice. «Reforma de pensiones y contexto económico.» En Sistemas de pensiones. Desafíos y oportunidades, en: Javier Beristáin. México: Comisión de Seguridad Social/Centro Interamericano de Seguridad Social/LIX Cámara de Diputados, 2004
Ana Mercedes, Salcedo González (comp.) La Seguridad Social en Venezuela. 2006. Venezuela. Fondo Editorial UCV. Ed. Tropykos.Constitución de la República Bolivariana de Venezuela.



§ Trabajadora de la UAM-Iztapalapa. Integrante del Grupo Promotor del Encuentro de Mujeres en Defensa de la Seguridad Social.

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