20091215

EL SERVICIO CIVIL DE CARRERA EN LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA DEL GOBIERNO DEL D.F.

Por Marcela Emma Carrillo Hernández§

A partir de 1983 y hasta nuestros días, el Gobierno Federal y el Gobierno del Distrito Federal, por la vía de los hechos y con normatividades de carácter secundario, impusieron a los trabajadores del sector público federal y local un nuevo tipo de relaciones laborales: el Servicio Civil de Carrera SCC, integrando con ello un nuevo marco jurídico y administrativo que modificó substancialmente las relaciones laborales en el apartado B.

Basado en los principios de productividad, flexibilidad, movilidad, polivalencia y sexismo laboral, conllevó una profunda modificación a la Ley Federal de Trabajadores al Servicio del Estado, a las Condiciones Generales de Trabajo, Catálogo de Puestos, Escalafón y Tabuladores Federales para implantar estos principios.

La aplicación del SCC produjo la conversión de puestos de base en puestos de confianza, compactó funciones para implantar la polivalencia, estableció salarios mínimos generales por rama funcional, produjo la cancelación del escalafón por antigüedad para ser substituida por promociones sustentadas en el mérito personal; canceló la lucha por aumento salarial para ser substituida por la aplicación de Convenios de Productividad, y empleó la contratación temporal o eventual en vez de aplicar la permanencia y estabilidad en el empleo. Se asignó arbitrariamente códigos de confianza a plazas de base, se desplazó y desplaza a los trabajadores de base de las jefaturas de oficina para habilitar empleados de confianza, interinos o por honorarios, lo cual reforza la conversión de las funciones de base en funciones de confianza y diversifica la contratación temporal y eventual. Particularmente en el sector salud, se aplicaron diversos tabuladores salariales al personal médico, de enfermería, carreras afines y personal administrativo para dividir la lucha salarial y contener las demandas colectivas de los trabajadores.

El conjunto de estas medidas ha conllevado la reducción de la plantilla de personal de base y por supuesto la desindicalización de los trabajadores. Hoy, en el conjunto de la Secretaría de Salud del G.D.F., se tienen contratadas a fechas de marzo de 2009, 3600 contrataciones por honorarios asimilados a salarios, y se otorgan interinatos de dos, tres y cuatro meses, para desalentar la basificaciòn de los trabajadores.

El establecimiento de estas relaciones laborales afectó de una manera específica la condición de las mujeres trabajadoras, pues siguen catalogadas en salarios bajos. Por su parte, al supeditar la remuneración a cambio de mayor permanencia en el trabajo, ellas, por ser las responsables del cuidado y la crianza de los niños, así como de sustentar diversos servicios en sus hogares, están en condiciones laborales desventajosas para sostener y acrecentar sus ingresos y por ende su desarrollo personal. No se ha hecho realidad la política de la equidad de género en el ámbito laboral del G.D.F.

El SCC fomentó y desarrolló el sexismo en las relaciones laborales, propició la competencia entre los trabajadores, fomentó el individualismo, disgregó y enfrentó a las trabajadoras y los trabajadores, además de causar un profundo deterioro salarial. La aplicación del SCC provocó retrocesos en los ya de por si exiguos derechos laborales de los trabajadores al servicio del Estado.

Para que fuera un hecho esta “nueva cultura laboral”, el estado requirió también modificar el papel del sindicato. Espacio natural de unidad, organización y lucha de los intereses de los trabajadores, debía cambiar a gestor de la política laboral del estado y contenedor de la inconformidad de sus representados, o bien dar paso al desmantelamiento de los sindicatos vía conformación de los sindicatos independientes bajo la tesis de independencia y libertades sindicales.

A partir de 1998 aquí en el Distrito Federal, las administraciones perredistas, usando como ideología el abatimiento de la corrupción y el mejoramiento en la calidad de los servicios públicos, hablando de reforma política y concertación política, y aplicando las técnicas de reingeniería de sistemas y calidad total, desarrollaron subsiguientes etapas en la flexibilización laboral.

Se introdujo en documentos oficiales de política laboral los conceptos del SCC. Se modificó uno de los instrumentos administrativos que documenta este proceso, es la Circular No. 1, que compila el modelo y directrices en la Administración de Recursos de la Entidad. Establece en su Capítulo I. “Administración y Desarrollo de Personal”, los lineamientos generales que definen la política laboral del gobierno dirigida al personal de base.

En él se hace referencia al SCC, “al progreso del trabajador en base a una actitud de servicio … al empleo óptimo de conocimientos y habilidades personales”, dice que se “… promoverá las condiciones necesarias para lograr, por la vía de la educación, la capacitación y desarrollo de multihabilidades, que se haga realidad el Servicio Profesional de Carrera, procurando un desempeño óptimo del trabajador”.

El 13 de junio de 2000, la Asamblea Legislativa del Distrito Federal publicó en la Gaceta Oficial del Distrito Federal, la Ley del Servicio Público de Carrera de la Administración Pública del Distrito Federal, que se fincó en las medidas laborales aplicadas al personal de base que para los efectos se habían desarrollado desde 1983, ya que para esa fecha se había efectuado la habilitación del personal de enlace y líderes coordinadores de proyecto como cargos de confianza, en las funciones técnico operativas. Así esta Ley se dirigió al personal de confianza, de enlace, coordinadores de proyecto, jefatura de departamento, subdirector y director de área.

Con la elección del Jefe de Gobierno del periodo 2001-2006 el desarrollo del SCC tuvo otro cauce. Se canceló la aplicación del SSC para los mandos, a los cuales hasta la fecha no se les exigen competencias laborales ni perfiles específicos para ejecutar sus funciones, aunque su número creció en contrataciones por honorarios con salarios elevados. Se desarrolló profusamente la reforma laboral en todos los aspectos de las relaciones laborales del personal técnico operativo. Ello puede verificarse efectuando un estudio comparativo entre las condiciones generales vigentes en ese periodo con la reforma que de ellas firmó el anterior Jefe de Gobierno y Sindicato. Se condicionó el disfrute de prestaciones, se introdujo el pago de salarios por tarjeta de débito, y se anularon derechos que permitían a los trabajadores equilibrar su fuerza política en el conflicto laboral con las autoridades.

Para dirigir la nueva política laboral y administrar las Condiciones Generales de Trabajo, se reestructuraron las unidades administrativas responsables de las relaciones laborales, y se elevó a rango de Dirección General el área del Servicio Profesional de Carrera, denominándose Dirección General de Política Laboral y Servicio Público de Carrera. No se debe dejar de mencionar que recobró fuerza en todo el ámbito de la administración pública local la expedición de normatividades administrativas para regular el ejercicio de todas las prestaciones y derechos laborales. Fue en este periodo por ejemplo, donde se desreguló la contratación interina, ejerciendo contratos de dos, tres y cuatro meses, y anulando prestaciones a este personal como vacaciones, pago de horas extras, pago de días 31 entre otras. La aplicación de las vacaciones para este personal es discrecional y a criterio del jefe.

También la administración retomó y planteó en mesas de trabajo laborales la configuración de nuevos códigos laborales por función en una misma dependencia. Esta medida hubiere llevado a su término las Condiciones Generales de Trabajo, implantando la modalidad de condiciones individuales de trabajo, hubiere dividido a los trabajadores, reforzando el sexismo laboral; hubiere propiciado las condiciones para fundar sindicatos por dependencia, y hubiere desmantelando con ello la organización colectiva de los trabajadores del Gobierno del D.F.

En la presente administración se regula y administra esta desventajosa e injusta situación laboral. Leímos en el periódico hace poco el anuncio del Jefe de Gobierno de desarrollar una Escuela del Servicio Público de Carrera para los mandos basados en los principios descritos en esta ponencia.

Sin duda está rota la ocupación laboral de los trabajadores en todo el ámbito de la administración pública y en el sector salud en lo particular, generándose una cultura del individualismo, la competencia, el grupismo, las descalificaciones y el desplazamiento entre el personal que raya en la violencia, el acoso laboral y la inseguridad laboral, empezándose a incrementar los problemas de salud mental en el trabajo, cultivándose la inteligencia de la perversión en las relaciones humanas. Hay una intensificación de la jornada de trabajo y se laboran jornadas de más de ocho horas y hasta doce horas, fundamentalmente por el personal a honorarios e interinos. Se han recortado los tiempos extras pero se obliga al trabajador a laborar normalmente por el pago de la mitad del tiempo laborado. No se paga al trabajador con educación superior y no se paga la calificación de personal por experiencia de trabajo, fundamentalmente en las áreas administrativas, aunque tampoco es normal la situación del personal de enfermería, trabajo social, medico y ramas afines. Hoy en día el salario justo se otorga para definir el grupo que apoye a los mandos, y se otorga a aquellos trabajadores que estén en las listas sindicales. Existe un importante número de demandas laborales de las cuáles no se cumplen los laudos favorables al trabajador. Estas demandas son por pago de salario justo, por reinstalación por despido injustificado, por basificaciòn, por malos tratos, y por mejores condiciones generales de trabajo fundamentalmente. A los trabajadores calificados y con educación superior se les habilita en funciones directivas sin la remuneración adecuada. Se han intensificado procesos continuos de rotación de personal y despidos de personal a criterio del jefe en demérito del desarrollo normal de las funciones públicas. Se han introducido los nuevos procedimientos de la seguridad social, que continúan afectando la situación laboral del trabajador. Se le enfrenta al trabajador con el trabajador mismo con la idea de la adaptación a estas irregularidades laborales y se han introducido las concepciones idealistas y metafísicas de la bondad y la maldad en la resolución de problemas laborales, sindicales, organizacionales y de dirección administrativa.

Es necesario explicar ya a la población del país y particularmente a la del Distrito Federal, el desarrollo de la situación laboral injusta que padecen los trabajadores de su gobierno electo democráticamente, en el compromiso de defensa de las instituciones y servicios públicos y por un proyecto de nación para las mexicanas y mexicanos, donde los derechos de las y los trabajadores se respeten y se desarrollen. Es necesario explicar que el proceso actual de gobierno no ha resuelto las inequidades e incongruencias e injusticias de otros gobiernos; y que la administración pública local, funciona, se fundamenta, desarrolla y cumple compromisos de gobierno con base en el esfuerzo comprometido y diligente de sus trabajadoras y trabajadores, demandando el respeto, defensa y desarrollo de sus derechos.

Que este Encuentro resuelva el rechazo a la Reforma Laboral, SCC en la administración pública federal y en la administración pública local del D.F. En estos momentos, el movimiento de las trabajadoras y los trabajadores no cuenta aún con una organización suficiente y fuerte, a nivel nacional para impulsar una reforma a la legislación laboral que permita orientarla hacia nuestro beneficio. No hay entonces, condiciones para impulsar en México, una reforma favorable a los intereses de la clase trabajadora.. Por lo tanto debemos pronunciarnos por el rechazo enérgico a la iniciativa de reforma al artículo 123 constitucional y sus leyes reglamentarias, bajo la defensa de los siguientes principios:

Ø Por el respeto y preservación de los Derechos y Prestaciones de las Trabajadoras
Ø Contra el sexismo laboral
Ø Por la estabilidad en el empleo
Ø Por Justicia Social
Ø Por la irrenunciabilidad de los Derechos Adquiridos
Ø Por la Defensa de la Jornada de ocho horas
Ø Por la Defensa del carácter tutelar de la Ley
Ø Por el Derecho y Garantía al Trabajo
Ø Por el Derecho de Huelga
Ø Por el Derecho a la Definitividad en el Empleo
Ø Por el Derecho irrestricto al disfrute de los días de descanso y vacaciones
Ø Por el Derecho a trabajo igual, salario igual también para las trabajadoras
Ø Por el Derecho al pago de horas extras
Ø Por el Derecho a la seguridad social.

Que este Encuentro resuelva presentar como resolutivo el rechazo a la Reforma Laboral a la Cámara de Diputados y Senadoras, y que los haga de conocimiento y desarrollo en el movimiento sindical que se está gestando ahora en el país.

¡¡¡Rechazo Enérgico al Servicio Civil de Carrera y a las Reformas al Sistema de Seguridad Social en el País y en el Gobierno del D.F.!!!!



§ Trabajadora Administrativa en la Secretaría de Salud del Gobierno del Distrito Federal

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