20110316

Aspectos poco Estudiados de la Reforma Laboral

Alfonso Saucedo Garza.€


La tan traída y llevada Reforma Laboral ha despertado toda una serie de comentarios y análisis, y sin embargo hay algunas cosas que no son debidamente tratadas y su trascendencia es mayor que algunos aspectos sustanciales de la misma Reforma.

Desde una perspectiva de protección a los derechos laborales huelga decir que las reformas que desea introducir la bancada del PAN son atentatorios contra estos derechos por la disminución en la carga patronal sobre sus obligaciones en materia individual y la absurda reforma procedimental que hace prácticamente imposible cambiar de sindicato y ejercer el derecho a huelga.

Sin embargo existen otras cuestiones que habría que proponer y vigilar su cumplimiento si lo que se desea es una Reforma Laboral que efectivamente proteja a los y l@s trabajadores.

En primer término habrá que poner el acento en donde se debe y esto es la marcha de la economía que en la última década ha crecido en promedio al 1.63%, lo que implica estancamiento en el crecimiento per cápita, y por ende la no generación de riqueza, distribución de la misma, la no generación de empleo, o bien la creación de empleo en condiciones muy precarias o en el ámbito de la informalidad, alejados de las prestaciones sociales que el dan una base sólida además de la creciente inestabilidad en el empleo.

Esto lo que genera es un mercado laboral muy depauperado, sin oferta de empleos dignos y con disminución importante de la capacidad negociadora de la clase trabajadora que acepta cualquier empleo con tal de subsistir.

La solución a este problema está en la adopción de políticas económicas que revitalicen el mercado interno a través de la inversión productiva en infraestructura, gasto social etc. De no existir creación de riqueza y la oferta de empleo siempre depauperada no es factible obtener mejora real en las condiciones laborales.

Pero específicamente en materia laboral existen temas del orden de administración de la justicia laboral que hacen necesaria una Reforma que permita la expedición de justicia expedita a la par de que el Estado se convierta en el principal actor tutelar de los derechos de l@s trabajador@s.

Las instituciones gubernamentales entre ellas la Secretaría de Hacienda y Crédito Público y el IMSS son celosos guardianes de que los contribuyentes cumplan con las obligaciones fiscales que tienen con estas instituciones, cosa que no sucede en el caso de la clase trabajadora, ya que esta se encuentra prácticamente atenida a sus propias fuerzas para hacer valer sus derechos.

Esto resulta muy difícil por la intrincada legislación que existe al respecto y la parafernalia procesal que exige del concurso de gente especializada para vigilar su correcto cumplimiento. Pero esto genera diversos problemas muy serios.

Uno de ellos es que al judicializar cualquier proceso para hacer valer derechos laborales se requiere del concurso de especialistas, mayormente abogados quienes resultan caros en términos relativos por atender un juicio, y lo segundo es que existe tal nivel de ineficiencia en las Juntas de Conciliación y Arbitraje que un juicio laboral se lleva en promedio 4 años, con lo que la premisa básica de justicia expedita se vuelve una ilusión.

Otro punto igualmente preocupante es que la inspección en el trabajo prácticamente no existe lo que se traduce en que los patrones con mucha facilidad esquivan cumplir con la normatividad laboral a la que están obligados en todos los ámbitos.

La solución necesariamente debe pasar por exigir al Estado que asuma el carácter tutelar de los derechos laborales y para esto una salida es la creación de un Ombudsman de los derechos laborales y de la seguridad social, a la par de contralorías sociales de carácter ciudadano que vigilen el cumplimiento de la normatividad laboral por las dos principales instituciones de seguridad social que hay en el país el IMSS y el ISSSTE.

La Carta Magna y sus leyes reglamentarias la legislación laboral y la de seguridad social expresan con claridad el carácter inequívoco de la mira social de sus preceptos, así que se deben realizar los cambios en materia administrativa y jurídica que eficienticen la impartición de justicia laboral.

No es permisible un esquema laboral en el cuál las dos principales instituciones para proporcionar la seguridad social a la clase trabajadora absorban casi el 50% de los juicios federales por demandas laborales, con el agravante de que cuando son demandas pensionarias estas pueden tardar varios años en resolverse, y cuando esto sucede es frecuente que el demandante haya muerto.

Lo anterior habla de la ineficiencia, corrupción o desviación de los lineamientos y objetivos a que se deben esas instituciones y de que los órganos internos de control no tienen mayor grado de eficacia, revelando una especie de colusión de intereses en contra de la clase trabajadora.

Para esto la creación de contralorías sociales de corte eminentemente ciudadano, con facultades para defender los intereses laborales y con resoluciones inapelables se erige como una prioridad en el concierto laboral.

La figura del Ombudsman de los derechos laborales y de la seguridad social tendrá una estructura similar a la de la Comisión de Derechos Humanos, pero con facultades para sancionar el incumplimiento de la normatividad en la materia.

El tema de la inspección en el trabajo es algo muy abandonado por la administración pública. La inspección como se mencionaba no existe o es muy pobre por el grado de precariedad en que se encuentran los escasos inspectores en la materia, además de su impreparación para emitir dictámenes sobre las condiciones laborales.

Es un problema de asignación de los recursos suficientes para que se conforme esta planta de inspectores debidamente capacitados para cumplir su labor y coadyuvar para que el Estado como responsable de la tutela de los derechos laborales la ejerza debidamente y se convierta en el abogado permanente de la clase trabajadora.

No es una tarea sencilla, es necesario crear los instrumentos de participación y vigilancia para evitar corruptelas y exigir que las instituciones cumplan con el rol que la normatividad les ha asignado.

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