Por Virginia Barrera RodríguezS
INTRODUCCIÓN:
Este trabajo lo he dividido en tres apartados el primero tiene como finalidad el describir brevemente a la Institución, el segundo la problemática académico-laboral y por último nuestras.
Instituto Nacional de Bellas Artes y Literatura (INBAL)
El INBAL, es una institución educativa y cultural, creada por decreto del H. Congreso de la Unión el 31 de diciembre de 1946. Este decreto le otorga al Instituto, independencia económica y personalidad jurídica propia y depende directamente de la Secretaria de Educación Pública (SEP).
Los principios que deben orientar sus actividades se fundamentan, en que es obligación del Estado, fomentar y crear una riqueza artística y cultural nacional, su protección y conservación, el cultivo, el estimulo y la investigación de las Artes en sus distintas disciplinas: Danza, Música, Teatro, Artes Plásticas, Literatura y Arquitectura. Así como su fomento, organización y difusión, dirigido especialmente a las clases populares, a estudiantes y al público en general, con el fin de fortalecer la identidad, desarrollarla, protegerla y extender sus actividades a los Estados de la República.
El Instituto Nacional de Bellas Artes y Literatura, cuenta a nivel nacional con una Infraestructura conformada por museos y galerías, escuelas de educación artística y centros de investigación en artes, grupos artísticos (música y opera, teatro y danza) monumentos, edificios y otros espacios culturales donde tiene lugar gran parte de la actividad cultural en México.
A partir de la Creación del Consejo Nacional para la Cultura y las Artes (CONACULTA) ), por decreto presidencial el 6 de diciembrede1988, en el sexenio salinista afectando todos los aspectos de la vida cultural del país y particularmente al Instituto Nacional de Bellas Artes y literatura, al duplicar muchas de sus funciones y actividades, además de absorber la mayor parte del presupuesto destinado al INBAL y a otras importantes Instituciones educativas y culturales como son el INAH y la UNAM a sus trabajadores académicos. En el INBAL por ejemplo hace más de 20 años que no se han creado plazas.
Actualmente los Centros Nacionales de Investigación, Documentación e Información del Instituto Nacional de Bellas Artes y Literatura, se conformaban por alrededor de 200 investigadores, que laboran en los cuatro Centros Nacionales: Centro Nacional de Investigación, Documentación e Información Musical “Carlos Chávez” el Centro Nacional de Investigación, Documentación e Información de Artes Plásticas (CENIDIAP); el Centro de Investigación Teatral “Rodolfo Usigli” (CITRU) y El Centro de Investigación y Documentación de la Danza (CENIDI-DANZA); importantes; fondos documentales especializados en artes, alrededor de 32 líneas de investigación. El personal académico en los centros de investigación esta conformado en su mayoría por mujeres (aproximadamente el 85%).
Objetivos generales de los Centros Nacionales de Investigación, Documentación e Información de las Artes:
1. Contribuir al desarrollo, fortalecimiento y difusión a nivel nacional e internacional de la creación y la educación artística.
2. Adquirir, preservar, custodiar y sistematizar la memoria documental e histórica y promover su divulgación
3. Impulsar el desarrollo de la investigación a nivel nacional con los Estados y Municipios, atendiendo las necesidades del público en general y/o especializado.
4. Vincular las actividades artísticas y académicas con las demás dependencias del Instituto Nacional de Bellas Artes y con organizaciones o instituciones regionales a nivel nacional o del extranjero, para el intercambio de ideas, resultados y experiencias que contribuyan al desarrollo del arte en México.
5. Defensa, reconocimiento y valoración del patrimonio cultural de la nación.
Problemática académico-laboral en los Centros de Investigación
No es posible realizar un análisis de la situación laboral específica, debido al poco tiempo con el que contamos, así que enumerare los puntos más importantes:
1. La utilización de plazas de investigación, para el desempeño de cargos administrativos y de confianza, violando de manera sistemática la Ley Federal de los Trabajadores al Servicio del Estado y las normas específicas de SEP e INBAL
2. Concursos para asignación de plazas y basificación (el último concurso abierto se realizó en 2002) en clara violación a lo estipulado en las normas y reglamentos.
3. Irregularidades en el proceso de basificación directa y los concursos cerrado y abierto para obtener plaza en definitividad (acuerdo firmado por la Secretaria de Trabajo y conflictos Sección 10-SNTE y el Instituto Nacional de Bellas Artes (noviembre de 2006) Acuerdo que celebramos, porque beneficio a los trabajadores que estaban contratados por años en forma interina. Sin embargo, al pactar con la cúpula (charros) se beneficio a directivos y familiares de funcionarios. Y hasta la fecha no ha concluido la última etapa.
4. La adjudicación de plazas a personal que ya se encontraba basificado, sin someterse -como lo señala el Reglamento de Ingreso y Promoción- a concurso cerrado, o abierto según sea el caso y al que tiene derecho todo el personal académico de cada centro.
5. Becas al extranjero. No ha sido aplicado este derecho, desde la firma del convenio en 1997. Existe ya la propuesta de un Reglamento por parte de la Delegación Sindical de investigadores (D-II.-BA-14) entregada a la SGEIA
6. Ampliación de Jornada. Establecido en el artículo 49 de las Normas que Regulan las Condiciones Especificas de Trabajo del Personal Académico de Base de las Escuelas Profesionales del Instituto Nacional de Bellas Artes y Literatura y en el Estatuto del Personal Académico del Instituto Nacional de Bellas Artes y Literatura (EPA) firmado en 1994. La no aplicación de este derecho ha ocasionado que a la fecha investigadores con estudios de maestría y doctorado mantengan en propiedad plazas de ½ y ¾ de tiempo y categorías de técnico en investigación.
Reflexiones y posibles soluciones
PRIMERA. Destacar que el Reglamento de Ingreso y Promoción del Personal Académico de Base (RIPPAB), en su Artículo 1º señala: El presente Reglamento establece las bases para evaluar a los candidatos a ingresar como personal académico del Instituto Nacional de Bellas Artes y Literatura, así como las relativas a la evaluación para la promoción del propio personal académico, de conformidad con el Estatuto del Personal académico de Instituto Nacional de Bellas Artes y Literatura, tomando en cuenta los requisitos, productos de trabajo, niveles de desempeño y equilibrios entre los diferentes servicios académicos, artísticos y profesionales que deberán ser considerados por el Comité Dictaminador de Área que corresponda para emitir su dictamen.
SEGUNDA. El Estatuto del Personal Académico del Instituto Nacional de Bellas Artes y Literatura (EPA) establece las bases generales de organización y las condiciones específicas de trabajo académico para los investigadores y su observancia es obligatoria para las autoridades y personal académico. Por lo que cualquier modificación o actualización debe realizarse tomando como base estos documentos y después de un análisis y discusión que involucre a la comunidad académica.
TERCERA.- Es obligación de la Institución proporcionar a cada uno de sus investigadores los documentos que rigen la relación laboral entre el Instituto y sus trabajadores, la cual no se ha cumplido.
CUARTA.- Todas las plazas vacantes que hasta la fecha no han salido a concurso deben ser liberadas y se debe convocar a la comunidad de investigadores a participar. Ya que existen una serie de irregularidades en el manejo y asignación de dichas plazas por parte de los funcionarios del Instituto.
QUINTA.-. es urgente resolver la situación de los compañeros que han laborado en el Instituto cubriendo interinatos, ya que la Ley Federal del Trabajo, establece que un trabajador con más de seis meses de laborar en una institución, adquiere derechos y hay compañeros en los centros con más de 8 años laborando en esas condiciones. Exigir a las autoridades del instituto la basificación de los compañeros, a través de un concurso cerrado, mecanismo que ya ha sido implementado anteriormente.
SEXTA.- Mantener el principio de libertad de investigación (enfoques, métodos y temáticas. Así como una cultura democrática en donde se definan las políticas culturales, tomando en consideración la diversidad de expresiones artísticas de grupos y sectores sociales para un mayor acceso y apropiación de los bienes y servicios culturales para todos los sectores sociales del país.
INTRODUCCIÓN:
Este trabajo lo he dividido en tres apartados el primero tiene como finalidad el describir brevemente a la Institución, el segundo la problemática académico-laboral y por último nuestras.
Instituto Nacional de Bellas Artes y Literatura (INBAL)
El INBAL, es una institución educativa y cultural, creada por decreto del H. Congreso de la Unión el 31 de diciembre de 1946. Este decreto le otorga al Instituto, independencia económica y personalidad jurídica propia y depende directamente de la Secretaria de Educación Pública (SEP).
Los principios que deben orientar sus actividades se fundamentan, en que es obligación del Estado, fomentar y crear una riqueza artística y cultural nacional, su protección y conservación, el cultivo, el estimulo y la investigación de las Artes en sus distintas disciplinas: Danza, Música, Teatro, Artes Plásticas, Literatura y Arquitectura. Así como su fomento, organización y difusión, dirigido especialmente a las clases populares, a estudiantes y al público en general, con el fin de fortalecer la identidad, desarrollarla, protegerla y extender sus actividades a los Estados de la República.
El Instituto Nacional de Bellas Artes y Literatura, cuenta a nivel nacional con una Infraestructura conformada por museos y galerías, escuelas de educación artística y centros de investigación en artes, grupos artísticos (música y opera, teatro y danza) monumentos, edificios y otros espacios culturales donde tiene lugar gran parte de la actividad cultural en México.
A partir de la Creación del Consejo Nacional para la Cultura y las Artes (CONACULTA) ), por decreto presidencial el 6 de diciembrede1988, en el sexenio salinista afectando todos los aspectos de la vida cultural del país y particularmente al Instituto Nacional de Bellas Artes y literatura, al duplicar muchas de sus funciones y actividades, además de absorber la mayor parte del presupuesto destinado al INBAL y a otras importantes Instituciones educativas y culturales como son el INAH y la UNAM a sus trabajadores académicos. En el INBAL por ejemplo hace más de 20 años que no se han creado plazas.
Actualmente los Centros Nacionales de Investigación, Documentación e Información del Instituto Nacional de Bellas Artes y Literatura, se conformaban por alrededor de 200 investigadores, que laboran en los cuatro Centros Nacionales: Centro Nacional de Investigación, Documentación e Información Musical “Carlos Chávez” el Centro Nacional de Investigación, Documentación e Información de Artes Plásticas (CENIDIAP); el Centro de Investigación Teatral “Rodolfo Usigli” (CITRU) y El Centro de Investigación y Documentación de la Danza (CENIDI-DANZA); importantes; fondos documentales especializados en artes, alrededor de 32 líneas de investigación. El personal académico en los centros de investigación esta conformado en su mayoría por mujeres (aproximadamente el 85%).
Objetivos generales de los Centros Nacionales de Investigación, Documentación e Información de las Artes:
1. Contribuir al desarrollo, fortalecimiento y difusión a nivel nacional e internacional de la creación y la educación artística.
2. Adquirir, preservar, custodiar y sistematizar la memoria documental e histórica y promover su divulgación
3. Impulsar el desarrollo de la investigación a nivel nacional con los Estados y Municipios, atendiendo las necesidades del público en general y/o especializado.
4. Vincular las actividades artísticas y académicas con las demás dependencias del Instituto Nacional de Bellas Artes y con organizaciones o instituciones regionales a nivel nacional o del extranjero, para el intercambio de ideas, resultados y experiencias que contribuyan al desarrollo del arte en México.
5. Defensa, reconocimiento y valoración del patrimonio cultural de la nación.
Problemática académico-laboral en los Centros de Investigación
No es posible realizar un análisis de la situación laboral específica, debido al poco tiempo con el que contamos, así que enumerare los puntos más importantes:
1. La utilización de plazas de investigación, para el desempeño de cargos administrativos y de confianza, violando de manera sistemática la Ley Federal de los Trabajadores al Servicio del Estado y las normas específicas de SEP e INBAL
2. Concursos para asignación de plazas y basificación (el último concurso abierto se realizó en 2002) en clara violación a lo estipulado en las normas y reglamentos.
3. Irregularidades en el proceso de basificación directa y los concursos cerrado y abierto para obtener plaza en definitividad (acuerdo firmado por la Secretaria de Trabajo y conflictos Sección 10-SNTE y el Instituto Nacional de Bellas Artes (noviembre de 2006) Acuerdo que celebramos, porque beneficio a los trabajadores que estaban contratados por años en forma interina. Sin embargo, al pactar con la cúpula (charros) se beneficio a directivos y familiares de funcionarios. Y hasta la fecha no ha concluido la última etapa.
4. La adjudicación de plazas a personal que ya se encontraba basificado, sin someterse -como lo señala el Reglamento de Ingreso y Promoción- a concurso cerrado, o abierto según sea el caso y al que tiene derecho todo el personal académico de cada centro.
5. Becas al extranjero. No ha sido aplicado este derecho, desde la firma del convenio en 1997. Existe ya la propuesta de un Reglamento por parte de la Delegación Sindical de investigadores (D-II.-BA-14) entregada a la SGEIA
6. Ampliación de Jornada. Establecido en el artículo 49 de las Normas que Regulan las Condiciones Especificas de Trabajo del Personal Académico de Base de las Escuelas Profesionales del Instituto Nacional de Bellas Artes y Literatura y en el Estatuto del Personal Académico del Instituto Nacional de Bellas Artes y Literatura (EPA) firmado en 1994. La no aplicación de este derecho ha ocasionado que a la fecha investigadores con estudios de maestría y doctorado mantengan en propiedad plazas de ½ y ¾ de tiempo y categorías de técnico en investigación.
Reflexiones y posibles soluciones
PRIMERA. Destacar que el Reglamento de Ingreso y Promoción del Personal Académico de Base (RIPPAB), en su Artículo 1º señala: El presente Reglamento establece las bases para evaluar a los candidatos a ingresar como personal académico del Instituto Nacional de Bellas Artes y Literatura, así como las relativas a la evaluación para la promoción del propio personal académico, de conformidad con el Estatuto del Personal académico de Instituto Nacional de Bellas Artes y Literatura, tomando en cuenta los requisitos, productos de trabajo, niveles de desempeño y equilibrios entre los diferentes servicios académicos, artísticos y profesionales que deberán ser considerados por el Comité Dictaminador de Área que corresponda para emitir su dictamen.
SEGUNDA. El Estatuto del Personal Académico del Instituto Nacional de Bellas Artes y Literatura (EPA) establece las bases generales de organización y las condiciones específicas de trabajo académico para los investigadores y su observancia es obligatoria para las autoridades y personal académico. Por lo que cualquier modificación o actualización debe realizarse tomando como base estos documentos y después de un análisis y discusión que involucre a la comunidad académica.
TERCERA.- Es obligación de la Institución proporcionar a cada uno de sus investigadores los documentos que rigen la relación laboral entre el Instituto y sus trabajadores, la cual no se ha cumplido.
CUARTA.- Todas las plazas vacantes que hasta la fecha no han salido a concurso deben ser liberadas y se debe convocar a la comunidad de investigadores a participar. Ya que existen una serie de irregularidades en el manejo y asignación de dichas plazas por parte de los funcionarios del Instituto.
QUINTA.-. es urgente resolver la situación de los compañeros que han laborado en el Instituto cubriendo interinatos, ya que la Ley Federal del Trabajo, establece que un trabajador con más de seis meses de laborar en una institución, adquiere derechos y hay compañeros en los centros con más de 8 años laborando en esas condiciones. Exigir a las autoridades del instituto la basificación de los compañeros, a través de un concurso cerrado, mecanismo que ya ha sido implementado anteriormente.
SEXTA.- Mantener el principio de libertad de investigación (enfoques, métodos y temáticas. Así como una cultura democrática en donde se definan las políticas culturales, tomando en consideración la diversidad de expresiones artísticas de grupos y sectores sociales para un mayor acceso y apropiación de los bienes y servicios culturales para todos los sectores sociales del país.
No hay comentarios.:
Publicar un comentario
Gracias por tu comentario
Grupo Promotor